La liquidación de una compañía implica la disolución de la misma y la venta de sus activos para pagar a los acreedores y distribuir el remanente entre los socios. En Ecuador, la Ley de Compañías regula este proceso y establece los pasos que deben seguirse para llevar a cabo la liquidación.
Uno de los activos más valiosos que puede tener una compañía son los bienes inmuebles. En el proceso de liquidación, estos bienes pueden ser vendidos para obtener fondos para pagar a los acreedores. La adjudicación de bienes inmuebles en este proceso sigue un procedimiento específico.
En primer lugar, es importante señalar que los bienes inmuebles deben ser incluidos en el inventario de la compañía. Este inventario debe ser elaborado por el liquidador, quien es designado por los socios o por un juez en caso de que la compañía esté en proceso de liquidación forzosa.
Una vez que se ha elaborado el inventario, se procede a la valoración de los bienes inmuebles. Esta valoración debe ser realizada por un perito valuador, quien debe ser designado por el liquidador. El perito debe emitir un informe con el valor de mercado de los bienes inmuebles.
Posteriormente, se debe convocar a una junta de acreedores para que estos puedan conocer el inventario y la valoración de los bienes inmuebles. En esta junta, los acreedores pueden hacer observaciones y presentar reclamos sobre la valoración de los bienes.
Una vez que se ha realizado la junta de acreedores, se puede proceder a la venta de los bienes inmuebles. Estos pueden ser vendidos en subasta pública o mediante un proceso de negociación directa. En cualquier caso, se debe obtener el mejor precio posible para los bienes inmuebles.
El producto de la venta de los bienes inmuebles se destina a pagar a los acreedores en el orden establecido por la Ley de Compañías. Si después de pagar a todos los acreedores queda un remanente, éste se distribuye entre los socios de la compañía.
En los casos en los que no se hubiere repartido la totalidad del activo de la compañía dentro del proceso de liquidación, y la resolución de cancelación se encontrare inscrita en el Registro Mercantil, las personas naturales o jurídicas que ejercieron la calidad de socios o accionistas pueden acudir ante un notario, para que se distribuya y adjudique el remanente del activo en proporción al aporte de cada socio en el momento de la liquidación. Mientras se solemniza la partición, las partes podrán solicitar al notario la designación del administrador común del remanente no repartido. Conforme al segundo inciso del artículo 410 de la Ley de Compañías, por consiguiente, se debe proceder con la aplicación del Art. 412 de la Ley de Compañías.
En conclusión, la adjudicación de bienes inmuebles por liquidación de compañía en Ecuador sigue un procedimiento específico que incluye la elaboración de un inventario, la valoración de los bienes, la convocatoria a una junta de accionistas, solicitud ante el notario y otros pasos necesarios. Es importante seguir este procedimiento para garantizar la transparencia y la equidad en el proceso de liquidación.
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