¿Cuán a menudo pensamos en la importancia de tener un sistema de prevención que proteja a nuestras empresas de estar implicadas en el lavado de activos?
Diariamente nos exponemos a estar involucrados en procesos que puedan dañar la reputación de nuestras empresas y que, sin saberlo, estemos apoyando con la colocación de dinero ilícito en nuestro sistema financiero, favoreciendo de esta manera estos sistemas criminales.
Se preguntará, ¿cómo puedo identificar esto? ¿cómo saber si el cliente que llega a mi oficina pagará con dinero lícito por los bienes o servicios que adquiere?, ¿mis proveedores son un riesgo? ¿qué pasa con mis colaboradores?, ¿mi empresa está dentro de un sector de mayor vulnerabilidad a este tipo de delitos?, estas son algunas de las interrogantes que debemos hacernos a fin de definir un buen sistema que proteja nuestra compañía del lavado de activos.
En Ecuador desde el año 2005 se empezaron a instaurar normas para reprimir el lavado de activos, sin embargo, no es hasta el 2014 que nuestro Código Orgánico Integral Penal lo tipifica como un delito económico.
Para definirlo, el lavado de activos no es más que dar apariencia de legalidad al dinero que tiene un origen ilícito, pero ¿cómo funciona esta operación de blanquear el dinero? Para entenderlo revisemos las etapas en las que ocurre este proceso.
Concurren tres fases, la colocación que no es más que ingresar al sistema económico legal, el dinero producto de alguna actividad ilícita, luego este dinero se estratifica, es la segunda fase, ocurre cuando estos fondos ilícitos se ocultan en el sistema financiero mezclándolo con dinero lícito y finalmente la tercera etapa, la integración, donde dichos fondos retornan a sus dueños de manera lícita o integrados a actividades económicas legítimas.
Ahora, hay sectores económicos que, por su actividad, son más sensibles que sean buscados por estos grupos delictivos para poder colocar estos fondos ilícitos.
Estos sectores son los mismos que, en nuestro país están obligados a realizar formalidades ante los Entes de Control, ¿su empresa está dentro de estos sectores? Para saberlo, vamos a enumerarlos de manera breve, Usted puede remitirse también al artículo 5 de la Ley Orgánica de Prevención, Detección y Erradicación del delito de Lavado de Activos y del Financiamiento de Delitos:
- Instituciones del sistema financiero y de seguros
- Filiales extranjeras bajo control de las instituciones del sistema financiero ecuatoriano
- Bolsas y casas de valores
- Administradoras de fondos y fideicomisos;
- Cooperativas, fundaciones y organismos no gubernamentales
- Personas naturales y jurídicas que se dediquen en forma habitual a la comercialización de vehículos, embarcaciones, naves y aeronaves;
- Empresas dedicadas al servicio de transferencia nacional o internacional de dinero o valores, transporte nacional e internacional de dinero, encomiendas o paquetes postales, correos y correos paralelos, incluyendo sus operadores, agentes y agencias;
- Agencias de turismo y operadores turísticos
- Personas naturales y jurídicas que se dediquen en forma habitual a la inversión e intermediación inmobiliaria y a la construcción
- Hipódromos
- Montes de piedad y las casas de empeño
- Negociadores de joyas, metales y piedras preciosas
- Comerciantes de antigüedades y obras de arte
- Notarios
- Promotores artísticos y organizadores de rifas
- Registradores de la propiedad y mercantiles.
¿Se encuentra su empresa dentro de alguno de estos sectores?, no se preocupe, nosotros le asesoraremos paso a paso sobre todas las formalidades que debe cumplir y todo el proceso que debe adoptar internamente su compañía para protegerse.